Quedó establecido así por el el Art. 2º de la ley que suspende las Primarias Abiertas y Simultaneas (PASO) y cuya promulgación por parte del Gobernador Sáenz se espera para esta semana.
En este caso particular de las estipulaciones la Ley detalla:
Art. 2º.- Postulación. Todos los partidos políticos y agrupaciones municipales procederán a postular sus candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales de conformidad a sus respectivas Cartas Orgánicas. Las alianzas o frentes electorales lo harán conforme las reglas que fijen en sus actas constitutivas.
Por otro lado, la reforma aclara que “Los candidatos que se postularen en las elecciones generales solo podrán hacerlo en un (1) solo partido político o agrupación municipal y para una (1) sola categoría de cargos electivos. Advertida por la autoridad la inobservancia y no subsanada, será sancionada con la cancelación automática en todas las listas en que figure”.

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